sábado, febrero 25, 2006

Voto Electrónico y Junta Central Electoral vs. Administración Financiera

Por: Mariano Abreu
La Junta Central Electoral hace dos semanas descarto el uso del voto electrónico en las elecciones de mayo del 2006, y en esta semana sale a la palestra publica que la misma JCE en el año 2004 había efectuado la contratación del la Empresa SOMO, por mas de RD$2 mil millones y libre de todo impuestos.
El contrato original fue suscrito el 13 de octubre de 2004, pero la rúbrica de una adenda para su ejecución se realizó el 12 de julio del 2005 y tenemos como noticia que a la fecha se han desembolsados alrededor de RD$1,172.5 millones o sea mas del 50%.
En este caso no quiero entrar en evaluación de si el valor de estos sistemas, equipos y diseños de procedimientos costaban o no la cifra pactada, a donde quiero llevar el objetivo de este artículo es a la siguiente reflexión:

¿Como es que la Junta Central Electoral haya contrato una empresa para desarrollar e implementar la automatización del Proceso Electoral (Voto Electrónico) desde el año 2004 cuando a la fecha de hoy no existe un consenso entre la JCE, la Sociedad Civil y los Partidos Políticos del uso de este sistema de votación para las próximas elecciones?

Al parecer la JCE no necesitaba el consenso de estas instituciones que decidió firmar un contrato de esta magnitud (RD$2 mil millones) y como si esto fuera poco ahora la misma Junta Central electoral, la cual ha desembolsado a la fecha mas de RD$1,175 millones dice que necesita mas dinero para poder organizar la próximas elecciones y dice este alto tribunal que confronta retrasos para la compra de la tinta indeleble, las boletas, el papel del padrón electoral, las urnas, las velas, los fósforos, la tinta, las gomitas y el papel de seguridad de las actas de votación, según explicó el presidente de la Cámara Contenciosa de la JCE, Salvador Ramos


¿Quién le ha dicho a los jueces de la JCE que ellos pueden disponer, además de los recursos que el estado le asigna, de los ingresos que El Estado recibe productos de los impuestos que se cobran comprometiéndose a diligenciar exenciones de todo impuesto sobre las rentas; exoneración de todos los impuestos, tasas, derechos, contribuciones, recargos, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) aplicado a los bienes importados?

¿Estará el Lic. Juan Hernández, Director de la Dirección General de Impuestos Internos de acuerdo con ese compromiso asumido por escrito por la JCE?

El asunto es ¿como pudo este tribunal utilizar todo estos recursos y decir ahora que necesita recursos para comprar fósforos, gomitas y tintas indeleble, el papel del padrón electoral, las urnas, entre otras cosas, o es que esa institución esta acéfala de gestión administrativa que planifique sus gastos correctamente, tomando en cuenta las prioridades de los mismos, pues contratar y desembolsar fondos tan cuantiosos para después darse cuenta que le hace falta dinero para puntos tan críticos como los que plantea, ralla en la ineficiencia administrativa.

Entonces queridos Cibernautas, haga usted su propio juicio sobre esta situación.